Debe solicitarlo por escrito, determinando cuántos necesita y dónde va a realizar la siembra de los mismos.
Debe pasar una solicitud por escrito, manifestando el nombre del predio, dirección y municipio en que se ubica. Ésta debe estar firmada por el propietario y por otras personas si está autorizada debidamente por escrito, anexando el certificado de libertad y tradición para acreditar la propiedad con una vigencia no superior a tres meses de expedición.
Debe traer una queja por escrito o hacerlo por Internet a través de nuestra página web www.corpomojana.gov.co, se le recibe siguiendo este enlace: Peticiones, Quejas, Reclamos, Denuncias y Sugerencias - PQRDS
Debe acercarse a la Inspección de Policía de su Municipio e instaurar una queja por motivo de perturbación a la tranquilidad, de acuerdo con lo establecido por el Código de Policía del Departamento de Sucre.
Debe solicitarlo por escrito o diligenciar el formulario que se entrega, el cual debe contener la ubicación exacta del árbol.
La Corporación no da permisos para este tipo de actividad debido a que el Decreto 1971 de 1996, en su artículo 72, establece que por su característica leñosa no requiere de permiso de la autoridad ambiental competente; sólo necesita un salvoconducto y si va a sacar subproducto (carbón) para su comercialización.
Esta actividad no es competencia de la Corporación, sino del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). Debe acercarse a esa entidad, para que se le indique el procedimiento correspondiente.
Debe solicitarlo por escrito ante la Corporación.